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Código de Ética y Conducta Empresarial

Última actualización: marzo de 2026

Razón social: 24/7 STOP S.A.S. ZOMAC
NIT: 901934206-7
Domicilio: CR 100 99 B - 92, Apartadó, Antioquia, Colombia
Actividad: Supermercado 24/7
Contacto: clientes@247stop.com.co | WhatsApp: 311 733 7232

1. Declaración de Propósito

El presente Código de Ética y Conducta Empresarial (en adelante, el "Código") establece los principios, valores y normas de conducta que rigen el comportamiento de todos los colaboradores, directivos, socios y partes interesadas de 24/7 STOP S.A.S. ZOMAC (en adelante, la "Empresa").

La Empresa, como supermercado comprometido con el servicio a la comunidad de Apartadó y la región de Urabá, reconoce que su éxito comercial debe fundamentarse en la ética, la integridad y el respeto por la dignidad humana, las leyes y el medio ambiente.

Este Código es de obligatorio cumplimiento para todas las personas vinculadas con la Empresa, ya sea mediante contrato laboral, prestación de servicios, mandato societario o cualquier otra forma de vinculación.

2. Valores Corporativos

Integridad

Actuamos con honestidad, transparencia y coherencia entre lo que decimos y hacemos. Cumplimos nuestras promesas y asumimos la responsabilidad de nuestras acciones.

Servicio

Nos dedicamos a satisfacer las necesidades de nuestros clientes con amabilidad, eficiencia y disponibilidad permanente, ofreciendo un servicio de calidad las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

Respeto

Valoramos la dignidad de cada persona, promovemos la diversidad y la inclusión, y tratamos a todos con consideración y equidad, sin discriminación alguna.

Responsabilidad

Asumimos las consecuencias de nuestras acciones y decisiones. Nos comprometemos con el cumplimiento de la ley, el cuidado del medio ambiente y el bienestar de nuestra comunidad.

Compromiso Social

Como empresa ZOMAC, contribuimos activamente al desarrollo económico y social de nuestra región, generando empleo formal y promoviendo prácticas comerciales justas.

Trabajo en Equipo

Fomentamos la colaboración, la comunicación abierta y el apoyo mutuo, reconociendo que el logro de nuestros objetivos depende del esfuerzo colectivo.

3. Conducta Esperada de los Colaboradores

3.1. Principios generales de conducta

Todo colaborador de la Empresa deberá:

3.2. Ambiente laboral

La Empresa se compromete a mantener un ambiente de trabajo seguro, saludable y libre de cualquier forma de acoso, discriminación o violencia. En consecuencia:

3.3. Confidencialidad

Los colaboradores deberán mantener la confidencialidad de toda información de la Empresa que no sea de dominio público, incluyendo información comercial, financiera, estratégica, de clientes y proveedores. Esta obligación subsistirá aún después de terminada la relación laboral o contractual.

3.4. Uso de recursos de la Empresa

Los recursos, equipos, herramientas e instalaciones de la Empresa deberán utilizarse exclusivamente para los fines propios de la actividad laboral. Queda prohibido el uso de recursos de la Empresa para fines personales o para beneficio de terceros sin autorización previa.

4. Relación con Clientes

La Empresa se compromete frente a sus clientes a:

5. Relación con Proveedores

La Empresa se compromete frente a sus proveedores a:

6. Conflictos de Interés

6.1. Definición

Se entiende por conflicto de interés toda situación en la que los intereses personales, familiares, económicos o de cualquier otra índole de un colaborador, directivo o socio de la Empresa puedan interferir, o aparentar interferir, con el ejercicio objetivo e imparcial de sus funciones o con los intereses de la Empresa.

6.2. Deber de declaración

Todo colaborador tiene el deber de:

6.3. Situaciones de conflicto de interés

Sin que la siguiente enumeración sea taxativa, se consideran situaciones de conflicto de interés:

7. Política Anticorrupción

Tolerancia cero: La Empresa mantiene una política de tolerancia cero frente a cualquier forma de corrupción, soborno o pago indebido, ya sea en el sector público o privado.

7.1. Prohibiciones expresas

Queda expresamente prohibido para cualquier persona vinculada con la Empresa:

7.2. Regalos y atenciones

Los colaboradores podrán aceptar regalos o atenciones de bajo valor (que no excedan el equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente al año) que sean meramente cortesías comerciales y no comprometan la independencia o imparcialidad del colaborador. En caso de duda, el colaborador deberá consultar con su superior jerárquico.

7.3. Marco normativo anticorrupción

La presente política anticorrupción se enmarca en las siguientes disposiciones legales colombianas:

8. Canal de Denuncias

La Empresa pone a disposición de sus colaboradores, clientes, proveedores y cualquier tercero interesado, los siguientes canales para reportar conductas contrarias al presente Código, irregularidades, actos de corrupción o cualquier situación que amerite investigación:

Correo electrónico: dev@247stop.com.co
WhatsApp: 311 733 7232
Dirección física: CR 100 99 B - 92, Apartadó, Antioquia, Colombia
Atención: Representante Legal / Área de Cumplimiento

8.1. Confidencialidad

La Empresa garantiza la confidencialidad de las denuncias recibidas y la identidad del denunciante, salvo que la ley disponga lo contrario o que sea necesario para la debida investigación.

8.2. No represalias

La Empresa prohíbe expresamente cualquier forma de represalia contra quien presente de buena fe una denuncia o informe sobre conductas contrarias al presente Código. Cualquier acto de represalia será considerado una falta grave y dará lugar a las sanciones correspondientes.

8.3. Investigación

Toda denuncia recibida será investigada de manera oportuna, imparcial y objetiva. La administración de la Empresa adoptará las medidas correctivas necesarias y, cuando corresponda, pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades competentes.

9. Responsabilidad Social y Ambiental

La Empresa, como entidad constituida bajo el régimen ZOMAC, reafirma su compromiso con:

10. Consecuencias por Incumplimiento

El incumplimiento del presente Código dará lugar a las siguientes consecuencias, según la gravedad de la falta:

11. Vigencia y Modificaciones

El presente Código de Ética y Conducta Empresarial rige a partir de su aprobación por la administración de la Empresa y su publicación. La Empresa se reserva el derecho de modificar el presente Código cuando lo considere necesario, informando oportunamente a todos los colaboradores y partes interesadas.

Todos los colaboradores recibirán una copia del presente Código al momento de su vinculación y deberán firmar una constancia de recibido y aceptación del mismo.